Normas de Registro Turístico Casa A-1 Jardines de Zahara
Según la Orden INT/1992/2003, de 3 de Julio, las Viviendas para Fines Turísticos están obligadas a llevar un Libro-Registro de viajeros, donde es obligatorio cumplimentar el modelo oficial de entrada de viajeros y firmarlo a la entrada en el inmueble. Este modelo oficial será conservado en el archivo de partes de viajeros conforme a los modelos oficiales por parte de los propietarios del inmueble.
Adicionalmente es obligatoria la comunicación a la Guardia Civil una vez realizada la recepción y la firma de los partes de viajeros dentro de las 24 horas siguientes a la entrada en el inmueble.
Por este motivo se requerirá a todos los viajeros mayores de 16 años que vayan a hospedarse en el inmueble su DNI y la firma del correspondiente parte de viajeros.